El reconocimiento de créditos es la aceptación por una universidad de los créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas oficiales, en la misma u otra universidad, son computados en otras distintas a efectos de la obtención de un título oficial. Asimismo, podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales (solo para los estudios de grado) o en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de otros títulos, a los que se refiere el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. La experiencia laboral y profesional acreditada podrá ser también reconocida en forma de créditos, los cuales computarán a efectos de la obtención de un título oficial; siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título.
El reconocimiento de créditos de los estudios de la Universidad Miguel Hernández de Elche se rige por la siguiente normativa.
- Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de la UMH. PDF.186kB
- Real Decreto 1618/2011, de 14 de noviembre, sobre reconocimiento de estudios en el ámbito de la Educación Superior.
- Normativa de Reconocimiento de Competencias Transversales y Profesionales de los Títulos de la UMH.PDF.224kB
Los procedimientos para estudios oficiales y de estudios propios de las universidades es el siguiente:
- Procedimiento para la solicitud de reconocimiento de créditos mediante la acreditación de estudios universitarios oficiales
- Procedimiento para la solicitud de reconocimiento de créditos mediante la acreditación de estudios propios de las universidades
En cuanto al reconocimiento de experiencia laboral previa:
El reconocimiento de la experiencia laboral previa depende del Servicio de Gestión de Estudios de la UMH, cuyo procedimiento se detalla en la página web: https://estudios.umh.es/reconocimiento‐creditos/masteres/experiencia‐profesional‐y‐ laboral/, y que se rige por la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la UMH. En base a dicha normativa:
a. Podrán ser reconocidos créditos por la experiencia profesional y laboral acreditada, siempre que esté relacionada con las competencias inherentes al título correspondiente.
b. El reconocimiento de créditos por este apartado, con carácter general, se realizará respecto a la materia “Competencias transversales y profesionales” en los estudios de Grado y en las materias “Optatividad del Máster” y/o “Prácticas” en los estudios de Máster.
c. El período mínimo de tiempo acreditado de experiencia laboral o profesional que debe acreditar el estudiante para solicitar el reconocimiento debe ser de 3 meses a tiempo completo o su equivalente a tiempo parcial.